Los estatutos sociales de TRANSELCA establecen en sus artículos 36 y 40, que corresponde a su Junta Directiva adoptar medidas específicas respecto de su gobierno, su conducta, y su información, con el fin de asegurar tanto el respeto de los derechos de quienes invierten en sus acciones o en cualquier otro valor que emitan, como la adecuada administración de sus asuntos y el conocimiento público de su gestión; al Gerente General compilar un Código de Buen Gobierno con todas las normas y mecanismos exigidos en la ley, presentarlo a la Junta Directiva para su aprobación, anunciar en un periódico de amplia circulación nacional su adopción o cualquier enmienda al mismo y velar por su permanente cumplimiento.
En cumplimiento de la Resolución número 0275 proferida por la Superintendencia de Valores y de lo establecido en sus estatutos sociales, TRANSELCA, con el fin de asegurar el respeto a los derechos de quienes inviertan en ella, la adecuada administración de sus asuntos y el conocimiento público de su gestión, adopta el siguiente Código de Buen Gobierno.
En la Secretaría General de la Sociedad, ubicada en la carrera 55 72-109 piso 10, de la Ciudad de Barranquilla, permanecerá disponible el texto de este Código y sus anexos, para ser consultado, por los accionistas, inversionistas y el público en general, en los términos y condiciones que reglamenta la ley y él mismo.